CÁMARA
DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (Última reforma DOF 10-02-2014).
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. México: DOF. Febrero de
2014. www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
La reforma energética
mexicana tuvo por objeto permitir la intervención del sector privado para participar
en generar energía y una mayor explotación de recursos petroleros mediante asignaciones
o contratos.
Se
dio lectura a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
resultando de gran relevancia las citas siguientes: Lo más relevante del artículo 25 es que: “Corresponde al Estado la
rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y
sustentable…
…Al desarrollo económico nacional concurrirán,
con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector
privado…”
...manteniendo siempre el Gobierno Federal la
propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado...
Tratándose de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, y del
servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, así como
de la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos…
…
Asimismo podrá participar por sí o con los sectores social y privado…
…
Bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad se apoyará e
impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía,
sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en
beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el
medio ambiente…”
Del Artículo 27, se resalta que:
“Corresponde
a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de … los
productos derivados de la descomposición de las rocas, cuando su explotación
necesite trabajos subterráneos; los yacimientos minerales u orgánicos de
materias susceptibles de ser utilizadas como fertilizantes; los combustibles
minerales sólidos; el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos,
líquidos o gaseosos…
…
el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el
uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares
o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá
realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal...Corresponde
exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico
nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía
eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones, sin perjuicio de
que el Estado pueda celebrar contratos con particulares …
…Tratándose
del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo,
la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán
concesiones. Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que
contribuyan al desarrollo de largo plazo de la Nación, ésta llevará a cabo las
actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos
mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos
con éstas o con particulares…los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de
la Nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos.”
El
Artículo 28 se destaca por su prohibición de existencia de monopolios y:
“…El
Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia
energética, denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora
de Energía, en los términos que determine la ley…”
Esta fuente es el
punto de partida de nuestro documento ya que en ella se encuentran legisladas las formas de explotación de recursos
naturales y de energía. Tras la lectura es evidente que el sector privado podrá
participar en generación de energía y en actividades de explotación de recursos
petroleros mediante asignaciones o contratos que el estado otorgue. Es una
fuente objetiva y de carácter legal y no puede ser modificada sino es por los
legisladores por lo que se considera la referencia fundamental para nuestro
trabajo.
546 Palabras
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