2014/03/03

Diario Oficial de la Federación de México (2009).


Diario Oficial de la Federación de México. (2009, 6 de marzo) . Reglamento de la ley de la bioseguridad de organismos genéticamente modificados. Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados [en línea]. Disponible en: http://www.cibiogem.gob.mx/Norm_leyes/Documents/Reg_LBOGM.pdf. [2014, 20 de febrero].

Este reglamento surgió como respuesta al compromiso internacional que adquirio México, al aceptar el tratado de Cartagena en la convencion de la diversdad biologica.
Se considera parte del marco de regulaciones mexicanas en materia de trasngénicos. Tiene la fama de ser de los más estrictos que existen a nivel mundial por la forma en la que trata temas como las medidas de bioseguridad y condicionantes de liberación.
Tiene como objetivos principales los de contribuir al cumplimiento de las disposiciones de la Ley de la bioseguridad de organismos genéticamente modificados, estableciendo los procedimientos a seguir y los requisitos a cumplir para la solicitud de permisos y autorizaciones y además, contiene el régimen de protección especial del maíz.
Se divide en títulos y capítulos, de la siguiente manera:
Ø  Título primero: nos habla de las disposiciones generales de los OGM´s.
Ø  Título segundo: habla sobre los permisos para las actividades con OGM´s y este a su vez se divide en: capítulo 1 que es la solicitud de permisos, su capítulo 2 donde se marcan los requisitos para los permisos de liberación al ambiente, capítulo 3 que son las resoluciones de las solicitudes de permiso y vigencia.
Ø  Título tercero: este título expresa cuestiones de autorizaciones y en su capítulo 1 trata las disposiciones generales de dichas autorizaciones, capítulo dos los requisitos y la resolución de solicitudes para las autorizaciones
Ø  Título curto: marca las reconsideraciones de las resoluciones negativas y la revisión de los permisos y autorizaciones.
Ø  Título quinto: da las especificaciones de la importación y exportación de los transgénicos que se destinen a su liberación al ambiente.
Ø  Título sexto: comisiones internas de bioseguridad
Ø  Título séptimo: la conformaciones de comités técnicos científicos.
Ø  Título octavo: marca las zonas restringidas.
Ø  Título noveno: da información sobre la bioseguridad
Ø  Título décimo: marca la necesidad de tener listas de OGM´s y como se realizarán estas.
Ø  Título undécimo: específica la inspección, vigilancia, medidas de seguridad o urgente aplicación y las infracciones y sanciones.
Ø  Título duodécimo: Especifica el régimen de protección especial del maíz.
A pesar de que se considera uno de los más rigurosos en el mundo, yo me pregunto como es posible que ya estén autorizadas varias solicitudes, e inclusive ya se este sembrando OGM´s con permiso en nuestro país si aún no sabemos cuales son las implicaciones que contrae esta siembra a todos nosotros.

La respuesta a mi pregunta, es que la corrupción en nuestro país es tan grande que también llega a este tema, logrando, que empresas como Monsanto puedan estar establecidas en nuestro país y además estén confiadas de que México será uno de los laboratorios más grandes para la producción de semillas transgénicas.
(448 palabras)

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