2014/03/01

Gutiérrez (2010)

Gutiérrez, R. 2010. Apropiación minera y violación de derechos humanos en México. En: Delgado, G. (coord.). La ecología política de la minería en América Latina.  Aspectos socieconómicos, legales y ambientales de la megaminería. UNAM-CIICH. México. 520 pp. 

En el inició del capítulo, el autor plantea que la gran riqueza mineral ha motivado su extracción desde los periodos prehispánicos, la minería es una de las actividades con mayor potencialidad para la acumulación económica y un motor para la apropiación territorial. Las injusticas de los trabajadores mineros y sus luchas por mejorar sus condiciones de trabajo dejaron precedentes en la revolución y en la constitución de 1917. Para plantear como los derechos humanos de las comunidades y la actividad minera se relacionan el autor primero esboza como la estructura corporativa del estado ha impedido el establecimiento de una cultura de los derechos humanos y sociales, lo cual impide que la ciudadanía pueda defenderse y reclamar ante tribunales muchas de sus necesidades vitales. Enseguida hace una revisión histórica de la actividad minera, desde el periodo pos revolucionario, paso de ser una actividad con mayor participación estatal a ser casi exclusiva de inversión extranjera. En vías de favorecer el sistema neoliberal, el estado ofrece a las empresas extranjeras acuerdos comerciales convenientes e incentivos fiscales para la exploración, modificaciones legales para la participación extranjera en las inversiones, facilidades y estabilidad en la obtención de concesiones, posibilidades para la compra o alquiler de tierras comunales y la muy escasa vigilancia en materia ambiental.  Posteriormente señala como las empresas mineras extranjeras violan los derechos humanos de las comunidades, por la nula información y consulta sobre los proyectos y las afectaciones ambientales y de salud que trae consigo. Hace una revisión de los elementos legales que respaldan la protección de los pueblos indígenas, como el artículo 2 de la Constitución Mexicana, el artículo 7 y 15 del convenio 169 de la OIT, la declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblo Indígenas. Al final, concluye que el estado favorece a las empresas mineras sobre los intereses de las comunidades, que el sistema jurídico no permite que los derechos humanos sean relevantes ante las demandas por las extracciones y afectaciones de la minería bajo el argumento que estos derechos son de segunda o tercera generación, pero que existe el respaldo del derecho internacional para que estos derechos sean tomados en cuenta, para ello se debe recurrir  a juicios de amparo  para ir sentando precedentes  que permitan la protección de las personas y las comunidades frente a las violaciones a los derechos que se producen alrededor del tema minero, se requiere el establecimiento de redes sociales locales, nacionales e internacionales que puedan monitorear el proceso y sirvan como escudos de protección y de denuncia pública.

El autor es doctor en derecho, tiene amplia experiencia en el tema de derechos humanos, académico e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM e integrante del  Colectivo de Estudios Críticos en Derecho.

Esta lectura es relevante para mi trabajo debido a que dentro de los impacto socioambientales de la minería esta la vulneración de las comunidades y sus derechos humanos, que van desde su derecho a estar informados, a su salud y a tener un medio ambiente sano. Entendí el contexto del nuevo auge de la actividad minera, el porqué el gobierno la respalda y fomenta, de las dificultades que tienen las comunidades para defender sus derechos humanos. Oaxaca es ejemplo de resistencia de sus pueblos y sus demandas están centradas principalmente en este argumento.

(549 palabras)

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Los comentarios no son moderados: cada quien se autoregula. Sin embargo, los comentarios discriminatorios serán eliminados y quien los haga será amonestado la primera vez y excluido a la segunda..

Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.